Un piso turístico en una calle de Valencia. Rober Solsona / Europa Press

Un piso turístico en una calle de Valencia. Rober Solsona / Europa Press

Valencia

Una empresa turística se querella contra un concejal de Valencia por las restricciones a los apartamentos

El escrito señala que el Ayuntamiento rechazó la legalidad de dos proyectos sin aplicar la normativa vigente. 

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Valencia
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Una empresa turística ha interpuesto una querella contra el tercer teniente de alcalde y concejal de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Valencia, Juan Giner, y contra el jefe del servicio de Planeamiento del consistorio.

El motivo son las restricciones a los apartamentos turísticos puestas en marcha por el actual equipo de Gobierno dirigidas a regular el crecimiento de estos alojamientos en la ciudad. Uno de los factores que afecta directamente sobre el acceso a la vivienda.

Entre algunas de las limitaciones que incorpora la nueva norma se encuentra, por ejemplo, la limitación del 2% de viviendas turísticas por barrio.

También la prohibición de la implantación de nuevas plazas turísticas en los distritos y barrios que superen el 8% del número de plazas turísticas (hoteles y apartamentos) respecto al número de vecinos empadronados.

Estas decisiones ya tienen su derivada judicial. La empresa Business Decision and Advice ha interpuesto la citada querella como afectada.

Ésta se presenta como "una sociedad española constituida por inversores extranjeros con la finalidad de desarrollar inversiones inmobiliarias en la ciudad de Valencia, en el ámbito del turismo".

Para ello, entre otras adquisiciones, compraron dos locales comerciales en dos calles de la zona denominada Benicalap Norte. A continuación, tramitaron los expedientes y las licencias y obtuvieron los certificados de legalidad. 

De acuerdo con la empresa, ambos proyectos "eran legales tanto desde el punto de vista de la legalidad urbanística como también de las exigencias en materia arquitectónica".

"Pese a ello", dice la querella, en uno de ellos el concejal Juan Giner acordó suspender la tramitación del expediente de licencia en fecha de 30 de diciembre de 2024.

Para ello, prosigue el escrito, esgrimió un único motivo: "que el Pleno del Ayuntamiento de Valencia, en fecha de 28 de mayo de 2024, habría acordado aprobar la suspensión de la tramitación y otorgamiento de licencias de edificación para implantación de nuevos usos terciarios hoteleros".

Sin embargo, señala la empresa, dicha suspensión no afectaba al primer proyecto porque "así lo
reconoce la dicción literal del acuerdo plenario municipal, que excluye a los inmuebles clasificados como terciario exclusivo". 

En cuanto al segundo proyecto, la querella indica que el jefe de Servicio de Planeamiento del Ayuntamiento "rechazó su legalidad pese a que en el mismo informe se reconoce que es terciario exclusivo". 

"La posibilidad y total legalidad de implantar el uso turístico en terciario exclusivo es conocida por los querellados y el Ayuntamiento de Valencia, hasta el punto en que lo reconocen por escrito", afirma el escrito.

De acuerdo con la empresa, estos hechos se califican preventivamente en el delito de prevaricación

"Los responsables públicos actuantes han distorsionado el ejercicio de una competencia como la paralización de las licencias y han sustituido la aplicación de la legalidad vigente por una voluntad política que, al menos en la actualidad, es contraria a Derecho", apunta la querella.