
El ministro Marlaska, en el Colegio de Guardias Jóvenes Duque de Ahumada, días atrás.
La Justicia reprocha a Interior que vete a aspirantes a policía y guardia civil operados de cáncer que superaron la enfermedad
El TSJM afea a la Guardia Civil que aparte a un candidato, operado en 2018 y plenamente recuperado, por la predisposición a una recaída.
Más información: La Justicia corrige a Interior y permite a un guardia civil dedicarse a alquilar caravanas sin renunciar a sus pluses
Decenas de sentencias reprochan al Ministerio del Interior que discrimine a aspirantes a convertirse en policías o guardias civiles que han sido operados de cáncer. De hecho, resultan excluidos incluso los que ya han superado la enfermedad y no arrastran síntomas incapacitantes.
EL ESPAÑOL ha tenido acceso a otra resolución más que se pronuncia en este mismo sentido y afea este proceder al departamento que encabeza Fernando Grande-Marlaska.
En esta ocasión, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) obliga a Interior a devolver al proceso de selección a un candidato que ya había superado las pruebas de ortografía, gramática, conocimientos generales, lengua inglesa y aptitudes intelectuales.
El demandante estaba cerca de convertirse en guardia civil, pero fue descartado en el examen psicofísico. ¿Por qué? Por haber sido operado de un tumor neuroendocrino de páncreas.
La intervención quirúrgica (pancreatectomía corporocaudal) se produjo en abril de 2018, cinco años antes de someterse a la revisión médica.
El candidato impugnó esta negativa por la vía administrativa, pero no tuvo éxito. En respuesta a su recurso, una resolución del general jefe de Enseñanza de la Guardia Civil le mantuvo vetado en el proceso de selección. Por ello, asesorado por el abogado Antonio Suárez-Valdés, optó por acudir a la vía judicial.
Ahora, el TSJM, en base a los informes médicos presentados por el recurrente, concluye que "mantiene buena función endocrina", "hace vida normal, incluso con grandes esfuerzos físicos", "está asintomático (después de cinco años de haber sido operado)" y "no tiene limitación funcional alguna".
Según estos dictámenes médicos, "las posibilidades de recidiva [reaparición, recaída] de la enfermedad neoplástica, después de cinco años de observación, son prácticamente nulas". En palabras de los jueces, "está plenamente recuperado de la enfermedad".
Por ello, el tribunal anula ahora la resolución del general jefe de Enseñanza de la Guardia Civil; la que, por segunda vez, establecía que el aspirante debía ser calificado como "no apto" en el reconocimiento médico.
El TSJM considera que tal decisión "no es ajustada a derecho" y ordena que el candidato se reenganche al proceso. Tendrá que someterse ahora a las pruebas físicas y a una entrevista personal, que aún no ha realizado. Ambas pruebas forman parte del mismo bloque que el examen médico que le consideró no apto.
Los motivos del veto
¿Por qué razones el aspirante fue, en un principio, excluido? El teniente coronel médico, quien le examinó en 2023, consideró que su situación se ajustaba a una de las causas de exclusión. ¿Cuál? Presentar "tumores malignos y lesiones precancerosas de cualquier localización y forma clínica y los benignos que, por su tamaño o localización originen trastornos funcionales incompatibles con las actividades del servicio".
En concreto, el teniente coronel médico aludía al "tratamiento extenso" que afecta al páncreas del aspirante, por el cual necesita consumir, de por vida, varios suplementos. Entre ellos, de calcio.
"Este tipo de neoplasias [tumores] puede causar un exceso de hormonas con una amplia variedad de signos y síntomas. Estos pueden incluir cansancio, dolor de huesos, huesos rotos, cálculos renales y úlceras en el estómago o los intestinos", justificó aquel informe para expulsar del proceso al recurrente.
"La neoplasia endocrina múltiple tipo 1 no tiene cura y está asociada a una causa genética por lo que puede reactivar en cualquier momento, exigiendo controles periódicos cuyos análisis pueden detectar problemas", añadía, "con la posibilidad de un incremento del absentismo laboral por las posibles complicaciones médicas hace que el desempeño de las funciones propias del cuerpo policial y militar como es la Guardia Civil, que exige una disponibilidad absoluta incompatible con el normal control de esta patología".
En su recurso dirigido al TSJM, el abogado Suárez-Valdés argumentó que los dictámenes médicos elaborados por la Benemérita "carecen de la adecuada motivación". "No contienen más que pronunciamientos, mayormente, genéricos y alejados de la individualización propia y personalizada necesaria al caso concreto", alegó el letrado. La Abogacía del Estado se opuso a las pretensiones del recurrente y abogó por mantenerle excluido.
En su sentencia, el TSJM subraya que las condiciones psicofísicas deben analizarse "en función de la evidencia científica del momento". Y el candidato cuenta con informes médicos que avalan su salud.
"Esta Sala concluye que el estado de salud del recurrente, en el momento presente, no le impide realizar las funciones propias de un guardia civil y el hecho de que pudiera precisar de un tratamiento farmacológico no le impedirían su realización", concluye el tribunal, que critica que los informes médicos de la Guardia Civil "no se basan en el estado físico actual del actor".
De hecho, califica estos dictámenes de "proyección genérica, a futuro", que plantean "posibles recaídas".
"Pero, como se ha dicho, la Ley para la igualdad de trato y la no discriminación impide discriminar por razones genéticas; o, lo que es lo mismo, si actualmente, se ha superado una enfermedad, no pueden ser valoradas, en su contra, la predisposición genética a sufrir una recaída o que se reproduzca la enfermedad", finaliza la sentencia.