Un hombre se toma un café en un bar de Teruel.

Un hombre se toma un café en un bar de Teruel. EFE

Sociedad

El Tribunal Supremo cambia las reglas: llegar tarde o desayunar en el trabajo ya cuenta como jornada laboral

España redefine el valor del tiempo laboral con una transformación que prioriza el bienestar sin sacrificar la productividad.

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La conversación sobre cómo organizamos nuestro tiempo de trabajo cobra cada vez más fuerza. El país se encuentra en plena transformación de su modelo laboral, impulsado por la necesidad de equilibrar vida profesional y personal.

Una de las reformas más destacadas es la reducción de la jornada semanal de 40 a 37,5 horas, una medida que apunta directamente a mejorar el bienestar de los trabajadores sin comprometer la productividad.

Mientras se debate esta medida, una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha puesto sobre la mesa un tema igual de relevante: el tiempo efectivo de trabajo y cómo se contabilizan ciertos momentos del día.

Los minutos que ahora cuentan

El fallo del Tribunal Supremo establece criterios claros sobre qué se considera tiempo de trabajo efectivo, beneficiando a aquellos empleados que hasta ahora veían cómo parte de su jornada no era reconocida oficialmente.

Estos son los tres aspectos más destacados de la sentencia:

  • Retrasos breves al comenzar el día (hasta 15 minutos): Retrasos de hasta 15 minutos por tráfico o transporte contarán como inicio de jornada sin penalización.

  • Descansos breves (hasta 10 minutos): Una pausa de hasta 10 minutos para tomar café contará como tiempo efectivo de trabajo y no podrá descontarse.

  • Descansos más largos (hasta 20 minutos): La jurisprudencia mantiene que los descansos de desayuno de hasta 20 minutos siguen contando como tiempo trabajado.

Este reconocimiento es especialmente relevante en el sector bancario, donde se estima que más de 70.000 empleados se verán directamente beneficiados.

Sin embargo, su aplicación podría extenderse a otros sectores, siempre que los convenios colectivos no excluyan explícitamente este tipo de tolerancias.

Lo que deben hacer las empresas

Las empresas no solo deben acatar este fallo, sino también adaptar sus sistemas internos para cumplirlo adecuadamente.

Esto implica actualizar los sistemas de control horario (tanto software como hardware) para que los retrasos de hasta 15 minutos y los descansos breves queden registrados como tiempo trabajado.

Además, deberán comunicar por escrito estos cambios a todos sus empleados y conservar las evidencias de dicha actualización durante al menos cuatro años.

Esta precaución no es menor: garantizará que estos minutos queden reflejados en las nóminas y evitará conflictos laborales en el futuro.

El incumplimiento de estas obligaciones puede suponer sanciones por parte de la Inspección de Trabajo.

Por tanto, adaptar los sistemas y formar a los responsables de recursos humanos es clave para asegurar una correcta aplicación de la normativa.

Este tipo de medidas, aunque puedan parecer pequeñas, representan un avance significativo en la manera de concebir el tiempo en el ámbito laboral.

Se reconoce la importancia de la flexibilidad, se reduce el castigo por situaciones inevitables y se valora el bienestar de los trabajadores.

España sigue dando pasos hacia una cultura laboral más saludable, en la que productividad y calidad de vida no sean conceptos enfrentados, sino complementarios.