
Una persona utilizando el mando de la televisión.
La CNMC plantea limitar los cambios de volumen en TV para acabar con las abruptas subidas durante los anuncios
La Comisión abre una consulta pública sobre la posibilidad de fijar umbrales máximos de nivel sonoro de la publicidad respecto a los programas.
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Los abruptos cambios de volumen que en ocasiones se producen cuando aparece la publicidad en televisión podrían estar más cerca de su desaparición definitiva. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) está estudiando la posibilidad de reforzar el control del nivel sonoro de los anuncios con nuevas medidas que pongan fin a una práctica denunciada por los espectadores.
La institución presidida por Cani Fernández acaba de lanzar una consulta pública con el objeto de recabar las diferentes opiniones y sugerencias de los agentes del sector audiovisual (ya sean televisiones, usuarios u otros colectivos) sobre la necesidad de establecer y fijar determinados umbrales para el nivel sonoro de los mensajes publicitarios.
La Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) aprobada en julio de 2022 establece que "el nivel sonoro de las comunicaciones comerciales audiovisuales no puede ser superior al nivel medio del programa que le precede". Sin embargo, no entra en detalles técnicos sobre cómo medir el volumen de los anuncios o qué diferencia de nivel podría ser aceptable.

Europa Press
En este contexto, la CNMC admite que es "evidente" la molestia que puede causar a los espectadores la presencia de niveles sonoros en determinados mensajes publicitarios más elevados que los correspondientes a los programas en los que se insertan.
Además, recuerda que ha recibido varias denuncias en relación con supuestos casos en los que el volumen de los anuncios "resulta molesto para el público por ser anormalmente superior al de los programas en los que se inserta". Y cuando ha tenido que pronunciarse sobre ellas, lo ha hecho sin contar con una metodología y unos criterios cuantitativos concretos.

La sede de la CNMC en imagen de archivo EUROPA PRESS
"Parece, por tanto, pertinente abordar la posible concreción de esta restricción del nivel sonoro de los mensajes publicitarios frente a los programas que le preceden con el objetivo de compatibilizar una adecuada protección a los espectadores y el derecho de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual a realizar pausas publicitarias", remarca.
Por este motivo, y con el fin de dar "un enfoque objetivo" a la identificación de las potenciales infracciones, la CNMC considera que es preciso "determinar de manera objetiva" cómo ha de interpretarse lo que señala la LGCA. Y de ahí esta consulta pública, que estará abierta hasta el próximo 30 de abril.
Consulta pública
La consulta se divide en tres grandes bloques: cómo medir el nivel sonoro de los anuncios, la posibilidad de establecer un umbral máximo de los mensajes publicitarios en relación con los programas y los mecanismos acústicos para diferenciar las comunicaciones comerciales del resto.
Sobre cómo medir el volumen, la CNMC apunta que podría estar basada en el concepto de "sonoridad subjetiva percibida por los oyentes", de conformidad con las normas de la Recomendación R-128 de la Unión Europea de Radiodifusión (UER), que a su vez sigue las directrices de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).
"Dicha normalización de la sonoridad garantizaría la consistencia en los niveles sonoros de los programas", asegura la Comisión. Por ello, pregunta a los participantes en la consulta si están de acuerdo en aplicar esos estándares europeos y si creen que el control debe aplicarse tanto a programas como a mensajes publicitarios.
Respecto a la posibilidad de establecer umbrales máximos, la CNMC recuerda que ya en la consulta pública de la Ley de Comunicación Audiovisual propuso "fijar un nivel sonoro absoluto que puedan presentar las comunicaciones comerciales, sin perjuicio de que puedan emitir con un nivel superior si así lo permite el nivel medio del contenido que le precede".
Umbrales
Aunque esta recomendación no se tuvo finalmente en cuenta, el nuevo Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre (TDT) lanzado la pasada semana sí fija unos rangos de sonoridad. Sin embargo, esta obligación deja fuera a la televisión de pago, al vídeo bajo demanda, a los usuarios de especial relevancia, a los servicios radiofónicos y a los servicios sonoros a petición.
En este contexto, la CNMC ve aconsejable fijar "un cierto margen o umbral sonoro a partir del cual se constataría el incumplimiento" de la LGCA. Sin embargo, admite que no todos los programas tienen los mismos niveles y abre la puerta a que el umbral anterior pudiera ser más generoso en programas con unos niveles más bajos y más estricto en los que ya tienen un nivel sonoro elevado.
"Se trataría de conseguir un equilibrio entre permitir que el mensaje publicitario tenga un nivel sonoro perceptible, pero sin llegar a resultar molesto para el público", resume la CNMC, que plantea preguntas como cuál debería ser el umbral, los márgenes de tolerancia o las particularidades de los diferentes canales de emisión.
Por último, la ley establece que las comunicaciones comerciales audiovisuales deben estar claramente diferenciadas del contenido editorial mediante mecanismos ópticos y/o acústicos y/o espaciales. Aquí, la CNMC apunta que esta podría entenderse como que la LGCA está permitiendo el uso de niveles sonoros superiores a los del programa para advertir del inicio del bloque publicitario, "a pesar de poder resultar molesto para buena parte de los espectadores".
Por ello, pregunta qué tipo de mecanismos acústicos se pueden emplear para diferenciar las comunicaciones comerciales del contenido editorial y si consideran que los acústicos que utilicen un nivel sonoro superior al del programa no deberían estar permitidos.