Oswaldo Eustaquio Filho, en la Audiencia Nacional.

Oswaldo Eustaquio Filho, en la Audiencia Nacional. Efe

Tribunales EXTRADICIÓN

Brasil fracasa en su intento de forzar la entrega del bloguero bolsonarista que España le denegó por temor a represalias

Impugna la decisión de la Audiencia Nacional de no extraditar al periodista y la Sala de lo Penal le responde que no está "legitimada para recurrir".

Más información: España rechaza entregar a Brasil a un bloguero reclamado por "golpismo" en favor de Bolsonaro

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Brasil pincha en hueso. Fracasa en su intento de forzar la extradición de Oswaldo Eustaquio Filho, el periodista abiertamente partidario del expresidente ultraderechista Jair Bolsonaro. El pasado 14 de abril, la Audiencia Nacional ya se negó a entregarle, al temer que sufra represalias en su país, actualmente presidido por el izquierdista Lula da Silva.

De hecho, en respuesta a la decisión de la Justicia española, Brasil ha frenado la entrega de un narcotraficante búlgaro, Vasil Gergiev Vasilev, reclamado por nuestro país.

Como adelantó EL ESPAÑOL, la República brasileña se personó en el procedimiento de extradición, a fin de forzar la entrega del periodista. Y recurrió la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de no extraditar a Filho.

Ahora, en respuesta, la misma Sala de lo Penal ha decidido "no admitir a trámite el recurso interpuesto en representación de la República Federativa de Brasil". ¿Por qué? Como explican los magistrados Francisco Javier Viera, Jesús Eduardo Gutiérrez y Carlos Fraile, el país extranjero "carece de la legitimidad para formular recursos".

Únicamente podría haberse adherido al presentado por el Ministerio Fiscal. Pero en este procedimiento, la Fiscalía era contraria a entregar a Oswaldo Eustaquio Filho a su país. Es por ello que la Sala de lo Penal opta por no admitir a trámite el recurso de Brasil.

Ni el fiscal ni la defensa del reclamado han recurrido el auto que deniega la extradición. De hecho, el letrado de este último, Daniel Lucas, del despacho Lucas Franco Abogados, ya ha presentado un escrito para que la Audiencia Nacional declare la fijeza de dicha decisión.

La condición como personada de la República de Brasil sí le permitiría, por ejemplo, haber enviado a algún representante a la vista de extradición. O aportar documentación complementaria a la Fiscalía. Nada de eso ha sucedido. De hecho, la Sala de lo Penal le otorgó la condición de personada el mismo 14 de abril en el que denegó la entrega del periodista. El país lo había solicitado el día 5 de ese mes, antes de que se celebrase la vista. 

Como ninguno de sus representantes pudo asistir a este trámite, la República brasileña también solicitó la anulación de todo el procedimiento. Pero la Audiencia Nacional también rechazó esta petición.

Proceso de entrega

Es el Consejo de Ministros el que debe acordar la entrega de un ciudadano reclamado por otro país, antes que el asunto pase a manos de la Justicia.

Así sucedió el 10 de diciembre de 2024. Ese día, el Gobierno decidió la "continuación en vía judicial del procedimiento de extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad brasileña Oswaldo Eustaquio Filho".

Tal y como consta en el expediente del caso, consultado por EL ESPAÑOL, el Supremo Tribunal Federal de Brasil le atribuye los siguientes hechos: pertenencia a una "organización criminal destinada a cometer los delitos de abolición violenta del Estado democrático brasileño y de un golpe de estado" y el haberse "unido a una campaña para intimidar a los funcionarios de Policía" que participaban en investigaciones contra Bolsonaro y su entorno.

"En concreto, a partir de julio de 2024, a través (...) de la red social Twitter, [Filho] publicó datos personales de un comisario de policía federal e imágenes de su esposa y de otros familiares. Afirmó que el comisario era un delincuente", señala la petición enviada por Brasil a España.

Ahora bien, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el pasado abril, señaló que las conductas por las que se reclama a Oswaldo Eustaquio tienen "una evidente conexión y motivación política".

El tribunal consideró que se trata de supuestos delitos "si no políticos, (...) sí conexos con aquéllos, en los que las conductas, sin perjuicio de que puedan haber lesionado o puesto en riesgo bienes jurídicos objeto de protección penal, no constituyen principalmente una infracción de la ley común y tienen, primordialmente, una finalidad política". Por tanto, al tratarse de este tipo de ilícitos, la extradición debe ser rechazada, sostuvieron los magistrados Carlos Fraile, Francisco Javier Vieira y Jesús Eduardo Gutiérrez.

Asimismo, estos jueces resaltaron, como motivos para denegar la entrega, la condición de periodista del reclamado y las tres detenciones que asegura haber sufrido y en las que dice que fue maltratado.

Según ha podido saber EL ESPAÑOL, el bloguero bolsonarista pidió asilo en España, un trámite que aún no se ha resuelto.