Comparecencia de Dani Alves, junto a su abogada Inés Guardiola, en la Audiencia de Barcelona

Comparecencia de Dani Alves, junto a su abogada Inés Guardiola, en la Audiencia de Barcelona EFE

Fútbol

La Fiscalía recurre la absolución de Dani Alves y acusa al tribunal de haber "condenado moralmente" a la víctima

El recurso presentado al Tribunal Supremo pone el foco en una interpretación "cruel y arbitraria" de una prueba biológica clave.

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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha recurrido la absolución de Dani Alves del delito de agresión sexual por el que inicialmente le condenó la Audiencia Provincial de Barcelona.

El recurso sostiene que el fallo absolutorio dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva previsto "al haberse llevado a cabo una valoración no racional de la prueba practicada en el acto del juicio oral y no haber valorado la totalidad de la misma, por lo que se entiende que el tribunal ha incurrido en la arbitrariedad que está expresamente prohibida en nuestra Carta Magna".

También reprocha a la sala que exculpó a Dani Alves haber "condenado moralmente" a la víctima al cuestionar su fiabilidad, mediante una interpretación "cruel y arbitraria" de una prueba biológica clave. El exfutbolista brasileño estuvo en prisión preventiva durante catorce meses y salió en libertad provisional en marzo del año pasado, bajo fianza de un millón de euros, tras ser condenado por violar a una joven de 23 años.

En su escrito, el fiscal del Supremo Fidel Cadena sostiene que el TSJC interpreta erróneamente una prueba biológica cuando afirma que la denunciante tenía restos de semen —esmegma— de Alves en la boca, lo que contradice la versión de la joven de que no practicó ninguna felación al futbolista.

Para el ministerio público, esa conclusión del TSJC —que fue clave en la absolución de Alves— es equivocada, dado que los informes periciales "dejan claro" que la presencia de ADN del acusado en la boca de la joven "puede deberse a besos, bebida compartida o contacto con células epiteliales distintas del pene".

Según el fiscal, "la valoración de la prueba pericial, la anulación de la fiabilidad del testigo" y la introducción de la hipótesis de la felación "contra cualquier principio científico" es "completamente arbitraria y cruel para la joven, a la que se condena moralmente y se convierte en no fiable".

La sentencia, según el escrito, "acusa de mentir" a la joven en base a esa prueba biológica, lo que supone "una condena moral para ella, justamente la censura que temía cuando tuvieron que animarla para que denunciara el atropello sexual".

Un calvario moral

El recurso defiende que la versión de la víctima es "absolutamente creíble" y aduce que las "imprecisiones secundarias" de su relato son consecuencia un bloqueo traumático "lógico e inevitable". "Los gestos mecánicos de una chica que declaró estar bloqueada en aquellos instantes no pueden aprovecharse por el tribunal para restarle credibilidad", añade.

"Es imposible no ver en este rosario de secuencias las expresión más viva del particular calvario moral de una joven agredida sexualmente", recalca el recurso, que insiste en que restarle credibilidad porque entrara voluntariamente en una puerta desconocida "no es sino pura expresión de irracionalidad".

Para Fidel Cadena, el "dolor" sufrido por la joven es "especialmente perceptible en este caso", puesto que expresó desde el primer momento su temor a no ser creída: prevé que el proceso va a convertirse en "horcas caudinas de humillación contra su propia moralidad" y que puede acabar no solo con la absolución de Alves sino declarándola "complaciente con sus apetencias sexuales".

Al fiscal le "sorprende" que el TSJC ignore las consecuencias que una agresión sexual puede tener en el testimonio de una víctima y pretenda que estas sean "testigos perfectos que declaren de forma precisa y exacta todo lo sucedido", sin tener en cuenta que cada persona "experimenta los sucesos y vive con ellos de una manera distinta".

En consecuencia, el recurso pide al Supremo que dicte otra sentencia que condene a Alves por un delito de agresión sexual o devuelva el caso al TSJC para que lo resuelva una sala integrada por magistrados distintos a los que absolvieron al exjugador del Barça.